Considerando lo dispuesto en el Reglamento del Programa de Promoción de Postgrado (PROEX) de CAPES, la Ordenanza nº 227 de 27 de noviembre de 2017 (por la que se establecen las prácticas docentes de los estudiantes becarios de este organismo de promoción) y el Reglamento General de Postgrado de la UFMG nº 02/2017, el Consejo del Programa de Postgrado en Educación: Conocimiento e Inclusión Social establece la siguiente resolución para las prácticas docentes de sus estudiantes:
Art. 1 – Las prácticas de enseñanza podrán ser realizadas por estudiantes regularmente matriculados que se encargarán de actividades de enseñanza de grado bajo la supervisión de un profesor.
Art. 2 – Las prácticas son obligatorias para los estudiantes de doctorado becados por la CAPES, el CNPq y la FAPEMIG, y optativas para los becados que tengan experiencia demostrada en la enseñanza superior y secundaria, para los estudiantes no becados y para los estudiantes de Máster.
Art. 3 – Las prácticas docentes se realizarán en actividades docentes cuyo contenido programático tenga afinidad con el área de investigación del estudiante de postgrado. Los estudiantes de doctorado pueden asumir hasta el 50% de la carga de trabajo de una clase y los estudiantes de máster hasta el 25% de la carga de trabajo de una clase. Las actividades de las prácticas pueden incluir la preparación de material didáctico, la corrección de ejercicios, la supervisión de monografías y la coordinación de grupos de estudio, entre otras.
Art. 4 – Las actividades de las prácticas serán supervisadas por un profesor del Programa, preferiblemente el profesor que supervisa el trabajo de disertación/tesis del becario.
Art. 5 – El plan de las actividades de prácticas docentes, elaborado por el estudiante y su supervisor, deberá ser aprobado por el Colegiado de Postgrado y por el Consejo del departamento al que esté vinculada la actividad docente y/o el profesor supervisor.
Art. 6 – El informe final de prácticas, aprobado por el profesor supervisor, deberá ser remitido al Colegiado de Postgrado para su análisis y aprobación.
Art. 7 – Tras la aprobación del informe final de prácticas por parte de la Junta del Programa, la secretaría expedirá al estudiante un certificado de participación en las actividades de prácticas docentes.
Formulario de prácticas docentes
Formulario de solicitud de exención de prácticas docentes
Informe final de prácticas docentes



